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La Justicia corta el sueño urbanístico del Atlético

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Mensaje por ATLETISOY Jue 2 Feb - 10:54

La Justicia corta el sueño urbanístico del Atlético

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Una sentencia del TSJM impide construir más de
cuatro alturas en el eje Mahou-Calderón

Echa por tierra el plan del club y la cervecera de
levantar un 'mini Manhattan' en el Manzanares

Contra la sentencia cabe recurso de casación

La mudanza del Calderón a La Peineta, panacea que según los dueños del Atlético
de Madrid modernizaría a un equipo instalado en una crisis perpetua y le permitiría
incrementar sus ingresos en hasta 20 millones de euros anuales, ha provocado
esta mañana el último dolor de cabeza a Miguel Ángel Gil Marín, consejero delegado
y máximo accionista del club, y al presidente Enrique Cerezo. La sala Primera de la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid
(TSJM) ha echado por tierra el proyecto original de un mini Manhattan al lado del
Manzanares con torres de hasta 30 plantas a edificios de no más de cuatro alturas.

La sentencia del TSJM, con fecha 20 de enero, ha anulado "por no ser conforme a
derecho" la modificación puntual en el proyecto Madrid-Río centrado en el eje
Mahou-Calderón que "permite una edificabilidad general por encima de la prohibición
legal de edificar una altura superior a tres plantas más ático, incluida la baja, plantas
retranqueadas y semisótanos que sobresalgan más de un metro, de manera que la
edificación resultante no exceda de dichas tres plantas más ático en todos
y cada uno de los puntos del terreno". Las partes podrán poner
un recurso de casación en los próximos 10 días.

Antes del pinchazo de la burbuja inmobiliaria, el Atlético y Mahou barajaban unos
beneficios de 260 millones por la venta de sus terrenos y su posterior explotación
en forma de venta de pisos. Ahora bien, el Atlético debía pagar 160 millones de
euros para transformar las gradas y el entorno de La Peineta, y 20 más para la
construcción de una pista de atletismo si Madrid obtenía la organización de los
Juegos Olímpicos de 2016 (lo mismo sucede ahora). Además, también a medias
con Mahou, el club debería pagar el 60% de las obras de soterramiento de la M-30:
unos 40 millones cada uno (el coste total es de 140) y la totalidad de la urbanización
de la zona (50 millones a pagar entre el club y Mahou a partes iguales).

A mediados de diciembre de 2008 las partes interesadas en el proyecto firmaron
el convenio que cerraba el protocolo de intenciones que se había firmado en julio
de 2007. Ya entonces los efectos de la crisis eran más que palpables. Con el
nuevo trato, el Atlético no vería ni un duro por el suelo. Adiós al beneficio económico.
El club tenía que contentarse con recibir un campo nuevo a cambio del viejo. Por
entrar en la operación, FCC derribaría el Calderón, soterraría la M-30 a su paso por
el viejo estadio y construirá la nueva Peineta. Toda una serie de obras que tendrían
un valor aproximado de 270 millones, precio en el que está valorado el suelo del Atlético.

“La limitación de las alturas ya la establecimos hace ya tiempo se refiere a nuevos
desarrollos, no a suelo ya consolidado”, ha precisado el vicepresidente de la
Comunidad de Madrid, Ignacio González, sobre la sentencia relativa al ámbito
Mahou-Calderón. El Gobierno regional aprobó en diciembre de 2009 la modificación
puntual del Plan General de Ordenación Urbana para poder llevar adelante el
derribo de la Mahou y del Calderón, dentro de los planes urbanísticos
para la zona, donde la M-30 sigue sin ser soterrada.

Desde el Atlético, aunque recalcan que se puede recurrir la sentencia, insisten en que
no les afecta. “Es cosa del Ayuntamiento, la Comunidad y la constructora FCC, no
afecta a los aprovechamientos urbanísticos de ese ámbito ni a La Peineta”.
“La sentencia aclara que esa declaración de nulidad no supone que no se puedan
autorizar edificaciones en el ámbito por encima de ese límite legal de tres plantas
más ático, pero precisa que ello deberá hacerse a través de una motivación individual
para cada uno de los edificios, justificando en cada caso el carácter
singular del edificio en cuestión y con el informe previo y
favorable de la Comisión de Urbanismo de Madrid”.

José Marcos - Madrid
2 FEB 2012 elapis.com
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